En desarrollo de la Audiencia de pérdida de investidura celebrada el pasado viernes en conexión virtual con los sujetos procesales, los concejales de Granada (Meta), la Procuraduría Delegada ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Meta consideró que la actuación de los concejales, estuvo ajustada al marco jurídico respetando el principio constitucional y por tanto concluyó con la solicitud de negar las pretensiones de la demanda de pérdida de investidura.
El demantante es el conocido José Enrique Molina, quién después de impetrar gran cantidad de demandas contra funcionarios y servidores públicos de Acacías pero que en el momento al tener su esposa trabajando en la administración municipal de Acacías, dirigió su arsenal jurídico contra los concejales de la capital del ariari, sostenía que los concejales no debían de cobrar honorarios por los 10 primeros días de sus actuaciones en enero de 2020 porque a su parecer, el concejo se dedica a elegir la mesa directiva y personal para trabajar durante los cuatro años del periodo constitucional.
Por su parte el abogado, Edgar Ardila, defensor de los concejales, hizo una ponderación de los hechos y fue uno a uno contradiciendo los argumentos de Molina, planteando que el demandante tiene conceptos erróneos por mala interpretación de la norma.
Sumado a ello, Ardila, expuso, que el señor Molina, además tiene por oficio demandar a concejales y alcaldes a lo largo y ancho del Departamento, con tenues planteamientos. En conclusión, el magistrado ponente, Héctor Enrique Rey Moreno, tiene 10 días para presentar proyecto de sentencia y que en sala sea discutida por los demás magistrados que la integran y emitan fallo.
La sentencia será única y definitiva dado que contra la misma no existen recursos de ley para apelar por ser un caso de un municipio que no es capital de Departamento, precisó el abogado, Ardila Barbosa, al solicitar también que se niega la demanda.
Tomado de Noticiero del Llano .com